Elementos Salariales

Reconocimiento de la prima técnica .

Para el reconocimiento de la prima técnica en el ámbito distrital, no se requiere que el funcionario acredite requisitos que excedan los establecidos para el cargo que se desempeña o se va a desempeñar y por lo tanto, las certificaciones de experiencia utilizadas para la verificación de la aplicación de las equivalencias por especialización para acceder a un cargo de empleo público pueden ser contempladas nuevamente para el cálculo de la prima técnica.

¿Cuáles son los factores salariales y prestacionales de los empleados públicos del distrito capital a la fecha?

El régimen salarial de los empleados públicos del Sector Central de la Administración del Distrito Capital, se encuentra constituido además, de la asignación básica, por elementos salariales creados por el Concejo de Bogotá, a partir de negociaciones realizadas con la organizaciones sindicales.

Viabilidad del reconocimiento de la prima semestral o de servicios.

Las normas que regulan la prima semestral en el Distrito Capital tienen como supuesto de hecho que la prestación del servicio se realice en una o varias de las entidades del orden del Distrito Capital que hayan adoptado dicho factor salarial, es decir que tampoco sería viable computar el tiempo de servicios prestado en una entidad del Distrito Capital con el tiempo laborado en una del orden nacional, ya que no existe norma legal que fundamente la acumulación de tiempos de servicios.

Reconocimiento de Prima de Antigüedad por cambio de empleo.

Para el reconocimiento y pago de la prima de antigüedad deben acreditarse más de cuatro años de servicios consecutivos en la Personería de Bogotá o en su defecto, en cualquiera de las otras entidades que conforman la Administración Central Distrital, según lo normado en los artículos 1 y 10 del Acuerdo Distrital 6 de 1986 y no podrá tomarse en cuenta los tiempos de servicios en otras entidades u organismos del sector descentralizado distrital, en la medida que la norma no tiene prevista esta acumulación de tiempos con entidades distintas a las que integran el Sector Central Distrital.

Reconocimiento de Prima de Antigüedad con inclusión del tiempo de servicio militar.

¿Es procedente computar los 12 meses del servicio militar (año 2000), a los 3 años de servicios consecutivos en el Concejo de Bogotá (año 2018), teniendo en cuenta que la norma dispone que para el reconocimiendo de la Prima de Antigüedad se debe acreditar mínimo 4 años consecutivos de servicios en el Distrito Capital?

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