Elementos Salariales

Liquidación y pago de la prima semestral o de servicios.

Un funcionario de Libre Nombramiento y Remoción ingresa aSecretaría Distrital de Desarrollo Económico el 21 de Febrero de 2019, ¿Qué factores salariales y/o elementos se deben tener en cuenta para la liquidación y pago de la Prima Semestral que se debe pagar en el mes de Junio 2019?, ¿Cuántos días se le debe reconocer de los 37? Y ¿Cuántos días se le debe tener en cuenta durante el semestre para la liquidación?

Reconocimiento por permanencia, prima de antigüedad y reconocimiento por coordinación en el Instituto para la Economía Social - IPES.

El reconocimiento por permanencia es aplicable a los empleados públicos del Instituto para la Economía Social -IPES-, en virtud con lo señalado por el Acuerdo Distrital 276 de 2007, modificado por los Acuerdos Distritales 336 de 2008 y 528 de 2013. Igualmente, la prima de antigüedad procede para los empleados de dicha entidad, conforme lo prevé el artículo 11 de Acuerdo de Junta Directiva 003 de 2007. El reconocimiento por coordinación no aplica para los empleados públicos del Instituto para la Economía Social -IPES-

Reconocimiento por permanencia, prima de antigüedad y reconocimiento por coordinación en el Instituto para la Economía Social - IPES.

El reconocimiento por permanencia es aplicable a los empleados públicos del Instituto para la Economía Social -IPES-, en virtud con lo señalado por el Acuerdo Distrital 276 de 2007, modificado por los Acuerdos Distritales 336 de 2008 y 528 de 2013. Igualmente, la prima de antigüedad procede para los empleados de dicha entidad, conforme lo prevé el artículo 11 de Acuerdo de Junta Directiva 003 de 2007. El reconocimiento por coordinación no aplica para los empleados públicos del Instituto para la Economía Social -IPES-

Pago proporcional de la prima de servicios para docentes provisionales de la SED.

El personal docente y directivo docente oficial de las instituciones educativas de preescolar, básica y media, tienen derecho al reconocimiento y pago proporcional de la prima de servicios, cuando se retiren del servicio y hayan laborado por un término mínimo de seis (6) meses, evento en el cual la liquidación se efectuará teniendo en cuenta la cuantía de los factores señalados en el artículo 5° del  Decreto 1545 de 2013 causados a la fecha de retiro.

Reconocimiento y pago del elemento salarial denominado prima de antigüedad.

El reconocimiento del elemento salarial denominado como prima de antigiiedad, se ha venido reconociendo tanto en el Instituto Distrital de Cultura y Turismo, como en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, preservando las condiciones en que se haya hecho el reconocimiento en mención, conforme lo han preceptuado los Acuerdos de Junta Directiva 07 de 1998 y 03 de 2002, y el Decreto Distrital 559 de 2006, modificado porel Decreto Distrital 195 de 2008.

Reconocimiento y pago de prima semestral proporcional en el Sector Central de la Administración Distrital.

¿La prima semestral para quienes han trabajado 5 meses y 27 días se paga solo cinco (5) sextas partes o (5) cinco sextas partes y proporcional los 27 días restantes? ¿el pago de prima semestral para los casos de las personas que trabajaron porla menos 3 meses completos, solo se liquida por cada mes completo que haya laborado con el distrito y los días que no alcancen a constituir un mes no se tienen en cuenta?

La prima semestral se debe liquidar sobre el tiempo efectivamente laborado después del tercer mes, y por meses completos.

La prima semestral, se paga a los empleados que laboren durante el primer semestre de cada año y que en caso de no laborar el semestre completo se les paga la prima en forma proporcional siempre que sea por un período mínimo de tres meses, esto significa claramente que la prima semestral se debe liquidar sobre el tiempo efectivamente laborado después del tercer mes, y por meses completos.

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