Renuncia en día no hábil
El hecho de que una entidad acepte la renuncia de un funcionario en día no hábil, ¿le haría perder una sexta parte de la prima semestral, por considerarse que estuvo sin vinculación un día?
El hecho de que una entidad acepte la renuncia de un funcionario en día no hábil, ¿le haría perder una sexta parte de la prima semestral, por considerarse que estuvo sin vinculación un día?
Cuando una persona es designada para un cargo se establece un vínculo entre ella y el Estado en virtud de la manifestación de voluntad de éste y la manifestación de voluntad del nombrado. Esa vinculación no puede romperse sino en la misma forma en que se estableció, esto es, por medio del acto voluntario de la renuncia y del acto voluntario de la aceptación.
¿Es prodecente el pago de salarios a funcionario que continúa laborando a pesar de habérsele notificado la aceptación de la renuncia?.
Si a la funcionaria, le fue comunicado el acto administrativo de aceptación de la renuncia en la misma fecha de su expedición, y ésta por el desconocimiento del mismo laboró asistiendo a reuniones de carácter institucional, este Departamento considera que la obligación de la administración es la de pagar a sus servidores los salarios causados con ocasión del servicio efectivamente prestado, en razón al vinculo legal y reglamentario.
Sobre la entrega y recepción de los asuntos y recursos públicos por parte del servidor público, a quien se le ha comunicado el acto administrativo de insubsistencia, es procedente el reconocimiento de la retribución económica por el tiempo prestado en la entrega de los asuntos, documentos y bienes a su cargo.
¿Cuáles son las causales para el despido de un empleado de carrera en el Distrito Capital'.
Obligaciones de los tesoreros y almacenistas al momento de retiro del servicio.
Entrega de un cargo de Libre Nombramiento y Remoción.
Debido a que un nombramiento provisional no fue prorrogado se le solicita a la funcionaria la entrega formal del cargo; sin que haya sido atendida dicha solicitud.
¿Es viable suscribir contratos de prestación de servicios con personas que estén gozando de pensión o tengan edad de retiro forzoso?