Concepto sobre período de prueba en la emergencia sanitaria.

1. ¿Cómo se procede cuando se presentan circunstancias que pueden afectar el cumplimiento de los compromisos concertados y la observación de las competencias para efectos de la evaluación del desempeño laboral del período de prueba, para los servidores posesionados antes de la expedición del Decreto 491 de 2019?
2. ¿Cuándo y cómo inicia el período de prueba para las personas que se posesionaron una vez expedido en Decreto 491 del 28 de marzo de 2020?
3. ¿Los servidores públicos que se posesionaron en vigencia del Decreto 491 de 2020 cuyas funciones están dentro de las excepciones que el gobierno estableció en el mencionado Decreto, deberán desarrollar su período de prueba normalmente?

Concepto sobre reubicación de empleo en provisionalidad y manual de funciones.

Me posesioné en empleo Técnico Operativo código 314 grado 20 en una entidad del distrito en el año 2017, con una funciones establecidas en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales vigente desde el año 2016. Dada la necesidad manifiesta del servicio de la época y mi disposición de apoyar a la Directora de Gestión Corporativa de ese entonces, mediante memorando interno, me fueron informadas otras funciones, que estaban relacionadas con el apoyo técnico
al convenio de cooperación suscrito entre la entidad en la que me posesionñe y otra entidad del distrito.
En principio, tales actividades serían temporales, hasta tener la aprobación para la reestructuración y
la redistribución de algunos procesos a cargo de la Dirección de Gestión Corporativa, situación que a
la fecha, nunca se llevó a cabo y en cambio se optó por la vinculación de personal por prestación de
servicios con la finalidad que se hicieran responsables del proceso, la carga laboral de atención a la ciudadanía se fue incrementando, los contratistas asociados al proceso, no pudieron asumir todas las obligaciones y por lo tanto, no pude apartarme del proceso y hasta la fecha me encuentro desempeñando las funciones del mismo.
Expuesto lo anterior, de manera atenta solicito, amparada en el derecho de petición de interés
particular, un concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública, que me permita mi
inquietud respecto a: en qué empleo me encuentro nombrada, en Talento Humano ó en Atención
a la Ciudadanía.

Concepto sobre reubicación de empleo en provisionalidad y manual de funciones.

Me posesioné en empleo Técnico Operativo código 314 grado 20 en una entidad del distrito en el año 2017, con una funciones establecidas en el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales vigente desde el año 2016. Dada la necesidad manifiesta del servicio de la época y mi disposición de apoyar a la Directora de Gestión Corporativa de ese entonces, mediante memorando interno, me fueron informadas otras funciones, que estaban relacionadas con el apoyo técnico
al convenio de cooperación suscrito entre la entidad en la que me posesionñe y otra entidad del distrito.
En principio, tales actividades serían temporales, hasta tener la aprobación para la reestructuración y
la redistribución de algunos procesos a cargo de la Dirección de Gestión Corporativa, situación que a
la fecha, nunca se llevó a cabo y en cambio se optó por la vinculación de personal por prestación de
servicios con la finalidad que se hicieran responsables del proceso, la carga laboral de atención a la ciudadanía se fue incrementando, los contratistas asociados al proceso, no pudieron asumir todas las obligaciones y por lo tanto, no pude apartarme del proceso y hasta la fecha me encuentro desempeñando las funciones del mismo.
Expuesto lo anterior, de manera atenta solicito, amparada en el derecho de petición de interés
particular, un concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública, que me permita mi
inquietud respecto a: en qué empleo me encuentro nombrada, en Talento Humano ó en Atención
a la Ciudadanía.

Información sobre creación de empleos temporales en entidades del Distrito

De acuerdo con la planeación y proyección institucional en el marco del Plan de Desarrollo Distrital 2020 - 2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para el siglo XXI”, la Entidad requiere fortalecer su capital humano en temas administrativos y operativos que permitan alcanzar las metas propuestas en esta administración.
Por tal motivo solicitamos nos indique el procedimiento para la creación de una planta temporal, y si desde ese Departamento Administrativo se puede brindar apoyo técnico con un profesional de contacto que pueda resolver inquietudes que sobre el particular puedan surgir.

Concepto sobre los requisitos para acceder al Plan Anual de Incentivos.

Actualmente trabajo en una entidad distrital, y estamos generando la resolución del Plan Anual de Estímulos e Incentivos. Pero tenemos una inquietud frente a los requisitos para acceder al otorgamiento del plan de estímulos e incentivos, tenemos:
1. Acreditar tiempo de servicio continuo en la entidad no inferior a un año.
2. No haber sido sancionado disciplinariamente en el año inmediatamente anterior a la fecha de postulación o durante el proceso de selección.
queremos saber si existe otro requisito que debamos considerar?

Información acerca del procedimiento técnico y documentos necesarios para la creación de grupos internos de trabajo y el reconocimiento por coordinación

La entidad solicita de orientación para indicarnos el procedimiento técnico y los documentos que se requieran para adelantar una eventual creación de Grupos Internos de Trabajo en la entidad y el correspondiente reconocimiento de coordinación. Lo anterior, conforme al artículo 115 de la Ley 489 de 2004 “Planta global y grupos internos de trabajo” y el Acuerdo Distrital 92 de 2003 “Por el cual se establecen las escalas salariales de la Bonificación por Servicios Prestados, la Prima Secretarial y Reconocimiento por Coordinación para los Empleados Públicos del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.

Información acerca del procedimiento técnico y documentos necesarios para la creación de grupos internos de trabajo y el reconocimiento por coordinación

La entidad solicita de orientación para indicarnos el procedimiento técnico y los documentos que se requieran para adelantar una eventual creación de Grupos Internos de Trabajo en la entidad y el correspondiente reconocimiento de coordinación. Lo anterior, conforme al artículo 115 de la Ley 489 de 2004 “Planta global y grupos internos de trabajo” y el Acuerdo Distrital 92 de 2003 “Por el cual se establecen las escalas salariales de la Bonificación por Servicios Prestados, la Prima Secretarial y Reconocimiento por Coordinación para los Empleados Públicos del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.

Concepto sobre régimen salarial y empleos temporales.

Teniendo en cuenta que el régimen salarial de una entidad Distrital está aprobado desde el año 2002 y que la normatividad a nivel salarial ha cambiado, solicitamos al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital nos indique cuál de los siguientes conceptos aplican para modificar y así iniciar el proceso formal ante ustedes.
1) Incrementar los días a pagar en la Prima de servicios
2) Aplicación del pago proporcional a la Prima de Navidad
3) Aplicación del pago proporcional a la Bonificación de servicios
4) Formalizar la Bonificación de servicios para los trabajadores oficiales
Adicional, solicitamos que también nos indiquen si el esta entidad puede iniciar el proceso formal para conformar una Planta temporal.

Concepto sobre los factores salariales para liquidar las cesantías.

1. ¿Los factores salariales percibidos de manera anual por los empleados públicos del Distrito, por ejemplo, bonificaciones de servicios, prima de navidad y prima de servicios, deben ser incluidas al momento de liquidar las cesantías?
2. En caso de que la respuesta sea afirmativa, aclarar si, ¿la entidad distrital debe tomar la doceava parte o el 100% total del factor salarial percibido de manera anual al momento de liquidar las cesantías? o
¿Cuál es la forma de incluir los factores salariales que no tengan el carácter de mensual de los empleados públicos del Distrito al momento de liquidar las cesantías?

Inhabilidades e incompatibilidades para contratar ex empleados públicos

Desde el año 2016 y hasta el mes de enero de 2020 desempeñé el cargo de subdirectora de alumbrado público y servicios funerarios en una entidad del Distrito. Actualmente me estoy postulando a un contrato de prestación de servicios en la Dirección Jurídica de otra entidad Distrital, por lo que solicito de manera respetuosa que se emita un concepto jurídico en donde se analice si existe alguna inhabilidad o incompatibilidad para suscribir un contrato de prestación de servicios con esta otra entidad.

ama a bogota
Logo Gov.co
Logo marca pais Colombia