Estabilidad laboral reforzada en cumplimiento de una decisión judicial hasta el momento en que se reconozca la pensión de vejez.
Estabilidad laboral reforzada en cumplimiento de una decisión judicial hasta el momento en que se reconozca la pensión de vejez; es decir, cuando sea reconocida o notificada la pensión por parte de las administradoras del sistema general de pensiones y una vez se le garantice el pago de mesada pensional, con la inclusión en la correspondiente nómina.

