Verificación de requisitos para efectuar un encargo.

La aptitudes y habilidades de los empleados públicos con derechos de carrera administrativa, como presupuesto legal indispensable, para desempeñar el empleo a proveer mediante un encargodeberán ser valoradas de forma objetiva y soportar dicha verificación en evidencias. Para el efecto, las autoridades responsables de dicha valoración, deberán tener en cuenta los lineamientos emanados por los órganos rectores, entre otros, los emitidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante criterio unificado de fecha 13 de agosto de 2019.

Reconocimiento y pago de prima semestral proporcional por cambio de Entidad.

Los empleados públicos de Canal Capital, cuando provengan de una entidad pública de cualquier orden, en la cual la prima de servicios constituya factor salarial, el tiempo laborado en ésta entidad, será computado para efectos de la liquidación de ésta prima, siempre que no haya solución de continuidad en el servicio, entendiendo que hubo solución de continuidad, cuando medien más de quince (15) días hábiles entre la fecha de retiro de una entidad y la fecha de ingreso a otra, a la luz, del parágrafo 2 del Acuerdo 11 de 2002.

Reconocimiento de incentivos.

La facultad para disponer de recursos públicos para el desarrollo de programas de bienestar e incentivos, se encuentra establecida en el parágrafo del artículo 36 de la Ley 909 de 2004, que impone a las entidades públicas el deber de implementar dichos programas con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales.

Viabilidad de otorgar Comisión a los miembros de las Juntas Directivas de la Subred Integrada de Salud.

 Viabilidad de realizar un nombramiento y comisión en un empleo de libre nombramiento y remoción del nivel Directivo, a un funcionario inscrito en carrera administrativa, quien en la actualidad es representante del estamento Científico ante la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E S E.

Devolución de saldos por vejez

La indemnización sustitutiva o devolución de saldos, es un beneficio pensional que se otorga a las personas que cumplen parcialmente con los requisitos para acceder de manera definitiva a la pensión de vejez, esto es, que si bien tienen el requisito de la edad no han cotizado el número de semanas exigidas por la ley -en el régimen de pnma media- o no tienen el capital requendo para acceder al derecho a la pensión - en el régimen de ahorro individual-

Vacaciones en período de prueba.

Los empleados públicos de los organismos y entidades del Distrito Capital, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Nacional No 1919 de 2002, tienen derecho a disfrutar vacaciones como una prestación social en las mismas condiciones que los empleados públicos del sector nacional, esto es, conforme lo establecido por el Decreto Ley No 1045 de 1978.

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