requisitos para posesión en un empleo de libre nombramiento y remoción - Examenes Pre ocupacionales

“Actualmente estamos en el trámite de nombramiento del nuevo Subdirector de Desarrollo Humano del Instituto, el cual se pretendía realizar el próximo 1 de abril de 2020, ya que quien ejercía el cargo renunció el pasado 17 de marzo. El día de hoy estuvimos llamando a la empresa que presta el servicio de los exámenes pre ocupacionales y nos informaron que ellos no van a prestar el servicio hasta el próximo 13 de abril, día en que termina el aislamiento obligatorio.
¿Dadas las circunstancias que se están viviendo en este momento, es posible que la persona se realice el examen de manera particular y proceder a hacer el nombramiento? ¿En caso negativo, es posible hacer el nombramiento sin el examen preocupacional y consignar en un acta el compromiso de la persona de realizarse los exámenes una vez termine la cuarentena?”

Verificación de requisitos mínimos, toma de posesión y el reconocimiento de prima técnica de los empleados de la UAECD

“Por medio del presente me permito elevar solicitud de concepto, con el fin de tener un criterio jurídico frente a situaciones como la verificación de requisitos mínimos, la toma de posesión y el reconocimiento de prima técnica de los empleados de la Unidad Administrativa Especial de Catastro — UAECD, en virtud en los siguientes: (...)

Verificación de requisitos mínimos, toma de posesión y el reconocimiento de prima técnica de los empleados de la UAECD

“Por medio del presente me permito elevar solicitud de concepto, con el fin de tener un criterio jurídico frente a situaciones como la verificación de requisitos mínimos, la toma de posesión y el reconocimiento de prima técnica de los empleados de la Unidad Administrativa Especial de Catastro — UAECD, en virtud en los siguientes: (...)

Aclaraciones para el trabajo en casa

“Atentamente solicito una aclaración respecto al trabajo en casa ya que por encontrarme con un estado gripal y después de haber superado una gastroenteritis (con incapacidad medica) mi jefe inmediato me autorizo trabajar desde mi casa, pero la jefe de la dirección dice no autoriza el trabajo ya que se debe cumplir horario presencial en la oficina, mis actividades no requieren de presencia en la oficina ya que todo mi apoyo lo puedo hacer por medio de correos electrónicos, vía WhatsApp y otros medios establecidos por la institución, he cumplido con las actividades con mi jefe inmediato y he permanecido conectado en tiempo real a los correos y plataformas de la institución, entonces es realmente necesario desplazarme a la oficina para realizar las actividades aun cuando estas mismas las puedo realizar en su totalidad desde mi casa??? Soy auxiliar de farmacia de carrera administrativa y mis actividades son de apoyo administrativo no atiendo público, no es claro para mí que la jefe de dirección vaya en contravía a las disposiciones del gobierno distrital y nacional de permanecer en casa, y no realizar desplazamientos innecesarios cuando las actividades propias de mi cargo las puedo desempeñar desde mi casa y con esto evitar congestionar los medios de transporte y estar en lugares sin que se requiera de mi presencia. Mis actividades las puedo y estoy realizando desde mi casa las tareas asignadas por mi jefe inmediato.”

Computo para reconocimiento vacaciones

"Soy funcionario de carrera administratica ( gane concurso de meritos bogota 1) en el en secretaria de ambiente, ahora me gane el concurso en la secretaria general (boogota 2) , obviamente antes de posesionarme en mi nuevo cargo pedí prorroga de los 90 dias” (Sic)
“Mi pregunta es la siguiente. Al haber ganado otro concurso de carrera administrativa que pasa con los ttiempos de vacaciones? En la secretaria de ambiente alcance a guardar seis meses pero ahora que me posesiono (ascenso) ese tiempo se me respeta para efectos de computar las vacaciones en la nueva entidad? Me gusdaria saber si el funcionario público tiene esa prerrogativa toda vez que seria injusto que por trasladarse de una entidad distrital a otra en razon a ganarse un nuevo concurso el tiempo acumulado de vacaciones en la primera, se termine perdiendo. Para efectos de computar el mismo con el de la nueva entidad para efectos de un goce pleno del derecho de vacaciones. Agradezco me informen sobre el tema y la linea que se esta manejando en el distrito” (Sic)

Computo para reconocimiento vacaciones

"Soy funcionario de carrera administratica ( gane concurso de meritos bogota 1) en el en secretaria de ambiente, ahora me gane el concurso en la secretaria general (boogota 2) , obviamente antes de posesionarme en mi nuevo cargo pedí prorroga de los 90 dias” (Sic)
“Mi pregunta es la siguiente. Al haber ganado otro concurso de carrera administrativa que pasa con los ttiempos de vacaciones? En la secretaria de ambiente alcance a guardar seis meses pero ahora que me posesiono (ascenso) ese tiempo se me respeta para efectos de computar las vacaciones en la nueva entidad? Me gusdaria saber si el funcionario público tiene esa prerrogativa toda vez que seria injusto que por trasladarse de una entidad distrital a otra en razon a ganarse un nuevo concurso el tiempo acumulado de vacaciones en la primera, se termine perdiendo. Para efectos de computar el mismo con el de la nueva entidad para efectos de un goce pleno del derecho de vacaciones. Agradezco me informen sobre el tema y la linea que se esta manejando en el distrito” (Sic)

Modificación manual de funciones por enfermedad servidor público

Si es procedente o no realizar la modificación del manual de funciones a los funcionarios que ostentan empleos de Profesional Área de la Salud, que por su condición de salud fueron reubicados por recomendaciones médicas por enfermedad común o laboral, realizando en su dependencia actividades enmarcadas en el área asistencial que por su experiencia no contempla el contacto con pacientes

Evidencias en la evaluación del desempeño como consecuencia del asilamiento obligatorio y la implementación de la estrategia de teletrabajo extraordinario y/o trabajo en casa

Me permito solicitar información respecto a la evaluación de carrera administrativa, dado las circunstancias epidemiológicas a nivel mundial, y de acuerdo a las instrucciones impartidas por las entidades los funcionarios nos encontramos realizando trabajo en casa. Es de aclarar que no se verían reflejados algunas evidencias o actividades adicionales, lo cual esto podría afectar la calificación parcial del primer semestre. El evaluador, debe tener en cuenta estas situaciones.

Comisión para desempeñar empleo de libre nombramiento a servidor que supera el período de prueba

Hasta el año 2016 fui funcionario de carrera de una entidad del orden departamental, durante dicho tiempo solicite comisión para desempeñar cargos de libre nombramiento y remoción habiendo ejercido los mismos durante el periodo que precisa el artículo 26 de le Ley 909 de 2004, en el año 2016 como consecuencia de concurso asumí cargo de carrera en una entidad del orden distrital en el cual dure hasta el mes de octubre de 2018, época para la cual asumí otro cargo de carrera administrativa como consecuencia de concurso también del orden distrital y en el cual me encuentro en la actualidad, donde pase periodo de prueba y cuento con la primera evaluación anual sobre saliente y se está actualizando mi registro de carrera, la pregunta puntual es la siguiente; Como quiera que en este momento tengo un cargo diferente al que tenía cuando disfrute la comisión y sobre el cual me otorgaron la misma y de un nivel territorial diferente (pase del nivel departamental al distrital) ¿puedo en estos momentos volver a solicitar la comisión para desempeñar cargo de libre nombramiento y remoción sobre el cargo del orden distrital que ocupo en la actualidad?.

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